lunes, 15 de octubre de 2012

EL CENTRO IDEAL PARA UN INGRESO SERÍA...




Uli.
Sería como una fiesta pero con más orden. Podríamos proponer una terapia para dejar la medicación. Luego una idea sería: 1.- Ver películas con coordinación. 2.- Ver como está el enfermo para seguir su margen en la terapia. 3.- Como sería si fueras tu el instructor.
La terapia es como un grupo que comunica sus agudos pensamientos y con ayuda del psiquiatra ver su carácter y su comportamiento.

EL COACH DE HOY 
·        Aire acondicionado en toda el Área.
·        Más cantidad de ventiladores.
·        Cartas de sugerencias y partes específicos.
·        Sistema para agilizar los métodos de mantenimiento.
·        Mayor “involucración” entre el personal y los pacientes.
·      Cambio de horario orientado a que el horario de comidas y de hábitos sea más apropiado y adecuado a la ciudad donde vivimos.
·        Posibilidad de escoger si en las habitaciones se quiere dormir solo o acompañado.
·        Actitud “proactiva” del personal en solucionar.
·        Talleres voluntarios.
·        Asignar horarios que favorezcan la atención descansada del personal hacia los pacientes.
·       Manejar diferentes horarios entres las plantas para posibilitar que los pacientes puedan caminar y hacer ejercicio en todos los patios.
·        Adelantarse a solucionar los problemas antes de que sea muy obvio. Ej. Limpieza de alcantarillas y fumigaciones a tiempo.
·        Tratar los problemas y comentarios personales en privado.
·        Evitar tratar a los pacientes como enfermos.
·        Cambiar bancos y reparar adecuadamente los que aún sirvan.
·        Aumento de juegos en plantas como futbolín.
·        Hacer un área de deportes.
·        Incorporar un área de SPA.
·        Poner cierres en los baños comunes o un vigilante en la entrada.
·      Ayudar desde el punto de vista de los informes médicos para que los pacientes se reincorporen fácilmente a la sociedad.
·        Hacer una Bolsa de trabajo.
·        Conseguir una mayor atención personalizada.
·        Poder escoger a  tu médico personal.
·        Más cantidad de bancos (relacionado con tener más espacio).

Pab.O.
Lo ideal para el centro sería más actividades cognitivas, no solo con futbolín y también con billar. Más televisión y menos broncas con los enfermeros y también en general. Un patio con más ejercicios físicos y con más bancos.

Man.M.Ll.
Una habitación, por ejemplo, para una persona sola. Levantarme a las nueve de la mañana. El desayuno a las diez de la mañana, la hora de la comida a las dos de la tarde y la cena a las nueve de la noche.

Greg.
·        Sitios ajardinados.
·        Vaso termal.
·        Zonas de recreo.
·        Casas de madera que sean baños para el patio.
·        Zonas comunes donde cada uno pueda fumar cada vez que quiera, porque eso nos liberaría más del cigarro porque al prohibirlo las ganas son mayores.
·        Procurar no discutir con los compañeros ni nadie del centro.
·        Que hubiese talleres.
·        Pintura.
·        Fontanería.
·        Jardinería.
·        Deporte.
·        Relajación.
·        Electricidad.
·        Informática.

REI.
Para mí un hospital de psiquiatría debería ser un hospital grande, donde su patio fuese una gran plaza y un gran camino para poder caminar, con gran espacio, rodeado de jardines y árboles donde poder coger sombra. Y que hubiera una cancha para poder jugar al fútbol o al baloncesto. Sería buena que hubiese una cantina para poder comprar pilas, refrescos, bocadillos, etc... Que el interior del centro fuese espacioso y con mucha claridad, que hubiera más sillones y mesas de juegos en solo una planta, como futbolín y billar y que hubiera más talleres como pintura, manualidades, cocina, gimnasia, etc...

Textos escritos por los integrantes del taller del blog (personas ingresadas en el Área Externa de Salud Mental de Tenerife)

10 comentarios:

Anónimo dijo...

En mi humilde opinión el mejor centro para un ingreso sería nuestro propio hogar, para cualquier tipo de enfermedad o trastorno, físico o psñiquico

pere dijo...

A partir de los diferentes comentarios no soy capaz de imaginarme el lugar ideal ni, mucho menos, me queda claro para que se iría allí.
Estoy seguro de que hay cosas a mejorar y que las opiniones de los usuarios son fundamentales a la hora de decidir en que dirección hacerlo. Pero los balnearios y los SPA, los hoteles y el Club Mediterrané, ya están inventados. ¿En que se diferenciaría de éstos el 'Centro Ideal'?

un abrazo,

Blog salud mental dijo...

Ojalá que no fueran necesarios los ingresos en ningún tipo de centro, ojalá que no existieran estos padecimientos que hacen sufrir (y mucho) a los afectados y a sus familias; ojalá que existiera una red de apoyo tan potente y densa que se minimizaran las crisis... OJALÁ!

En ocasiones se precisa de ingresos en centros hospitalarios para superar crisis y poner los mimbres para iniciar un proceso de recuperación.

Y estoy totalmente de cuerdo con ustedes en que hay mucho que mejorar, y en que el espacio físico-estructural en el que se ubican las URAs y USA no son los ideales. Así como la en ocasiones desesperante falta de medios tanto humanos como materiales para dar una mejor atención.
Resulta muy frustrante para los profesionales el ver que estas dificultades no se solucionan y que con la actual situación de crisis no hay plazos cercanos para que se produzcan esos cambios.
Evidentemente nos debemos a ustedes y seguiremos luchando por mejorar vuestro día a día y me apunto muchas de las propuestas que nos hacéis.

Gracias por ayudarnos a mejorar.

César M. Estévez
Supervisor URA y USMC Norte

Paula dijo...

Yo tampoco me imagino un lugar ideal, pero desde luego nunca puede serlo aquel en el que no sabes por qué estás encerrado sin la presencia de un abogado, y sin que medie delito alguno. Y no puede serlo tampoco aquel en el que te obligan a tomar medicamentos contra tu voluntad, con la misma ausencia de garantías legales. O en el que te mantengan atado sólo por decir no, a cualquier cosa. Esto es un asunto de derechos civiles, va más allá de lo meramente terapéutico, por no decir que contradice los principios terapéuticos más elementales. Y por desgracia este tipo de situaciones son más la norma que la excepción, por más que haya leyes, nacionales e internacionales, que equiparen los derechos de los pacientes por motivos psíquicos a los que lo son por motivos físicos. Y si no las hubiera, sería otra confirmación de la injusticia.
El cambio de paradigma de la discapacidad que propone la Convención de la ONU de 2006, de un enfoque médico-rehabilitador a un enfoque social, mal podrá hacerse sin el reciclaje de los profesionales, en su mente también debe cambiar el paradigma. Aceptar a una persona que delira, en un entorno familiar y de cariño, debería ser prioritario a la hospitalización. Sé que para eso hace falta un gran cambio de conciencia, eliminar miedos y sustituirlos por la confianza, y probablemente mucha formación con enfoques diferentes a los que se estilan, tanto a las propias personas que atraviesan ese estado,como a los profesionales y las familias. Creo que hablo de un modelo comunitario, no me parece estar hablando de ninguna marcianada. Hay ejemplos que funcionan, redes de autoapoyo, casas Soteria, modelo Diálogo Abierto de Finlandia, modelo de Trieste, las orientaciones cognitivas que proponen Read o Bentall, y muchos otros que seguro que existen, funcionan, y todavía no conozco.
Si parte del presupuesto que se destina tantas veces a sobremedicar, se destinase a este cambio de orientación, mejor nos irían las cosas, a los propios diagnosticados y al resto de la sociedad.

A pesar de todo, se sigue agradeciendo vuestra labor dando voz a las personas que, de momento, no tienen dónde elegir o no tienen, simplemente, los medios humanos para no necesitar estar donde están.

garzon dijo...

Perdona Paula, siento contradecirte pero aprovecho la ocasion para informar de como se realizan los ingresos psiquiatricos en nuestro pais (España) y por ende en Tenerife. Todos se realizan siguiendo el articulo 211 de enjuiciamiento civil vigente, y que recoje los derechos de un presunto incapaz (temporal) y regula los internamientos involuntarios ( en este caso psiquiatricos). Como el resto de la legislacion española en enormemente garantista. Esto es, que si un psiquiatra evalua a un paciente y cree conveniente ingresarlo, y este no quiere tramita una autorizacion al juez, que acompañado de un forense y un secretaria, ratifican o anulan el ingreso. En ocasiones es el mismo juzgado (de guardia) quien solicita una evaluacion psiquiatrica urgente, por si el sujeto una evaluacion y/o tratamiento psiquiatrico, con ingreso o sin el. En concreto en el termino municipal de Santa Cruz el juzgado encargado es el numero 8.
Creo que es muy bueno opinar, pero por favor en cuestiones tecnicas, con conocimiento.
Un saludo

Blog salud mental dijo...

RESPUESTAS DEL TALLER DEL BLOG A ANÓNIMO :
Jul: “en la casa puede ser que el paciente no se tome la medicación”-

J.A.: “Siempre y cuando la persona esté estable podría estar en casa e integrado totalmente pero en un brote agudo hay muchos síntomas que no se pueden controlar en un ingreso. La persona podría hacerse daño a sí mismo, la convivencia en casa sería muy difícil y se agudizaría su enfermedad. Cuanto antes sea el ingreso es lo mejor para la persona y la familia.”

IVON.: “A veces el ingreso es adecuado para que te pongan una medicación ajustada a tus necesidades para que llegues a una estabilidad y puedas hacer una vida normal y corriente.
Un ingreso en el propio hogar puede tener la ventaja de ser menos traumático pero si a un paciente le entran personas en casa puede ser un trauma y puede pensar: quiénes son, querrán hacerme daño. Es más conveniente que sea un ingreso para estar rodeado de personas con problemas parecidos. Hay profesionales cualificados que te pueden abrir los sentidos y la mente poco a poco y llegar a conocer tu propia enfermedad. El ingreso no dura para siempre.”

UL.. “Yo creo que cuando tengo una crisis es mejor estar ingresado.”

MAN.: “A veces puede ser positivo alejarse de la propia familia.”

TER.: “Por una parte en casa no le veo muy claro pues no vas a tener mucha atención. Si le ingresan es por algo, porque tienes una enfermedad y tienes que curarte.”

ALF.: “Aquí, al otro lado del muro, te apreciamos personas desconocidas por escribirnos. Sin conocerte te diría que ya están dando el primer paso en asentir, eres valiente, estás pidiendo ayuda....
Veo más adecuado un ingreso en el hospital porque así afrontas mejor el problema, tienes mejor comunicación, sale su rabia interior con psiquiatras y psicólogos, tiene tiempo para pensar mucho y así de esa manera, paso a paso, va saliendo del hoyo que está.”

Blog salud mental dijo...

No soy experta en temas legales, pero con el protocolo de actuación para ingreso involuntario en unidades de psiquiatría delante(2009)y la información recibida por algunos compañeros, comentaros,PAULA Y GARZON, que el ingreso involuntario está regulado por el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) del año 2000. Cualquier nueva información al respecto será bienvenida.
Esther.

Blog salud mental dijo...

Artículo 763. Internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico.

1. El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí, aunque esté sometida a la patria potestad o a tutela, requerirá autorización judicial, que será recabada del tribunal del lugar donde resida la persona afectada por el internamiento.

La autorización será previa a dicho internamiento, salvo que razones de urgencia hicieren necesaria la inmediata adopción de la medida. En este caso, el responsable del centro en que se hubiere producido el internamiento deberá dar cuenta de éste al tribunal competente lo antes posible y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas, a los efectos de que se proceda a la preceptiva ratificación de dicha medida, que deberá efectuarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde que el internamiento llegue a conocimiento del tribunal.

En los casos de internamientos urgentes, la competencia para la ratificación de la medida corresponderá al tribunal del lugar en que radique el centro donde se haya producido el internamiento. Dicho tribunal deberá actuar, en su caso, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 757 de la presente Ley.

2. El internamiento de menores se realizará siempre en un establecimiento de salud mental adecuado a su edad, previo informe de los servicios de asistencia al menor.

3. Antes de conceder la autorización o de ratificar el internamiento que ya se ha efectuado, el tribunal oirá a la persona afectada por la decisión, al Ministerio Fiscal y a cualquier otra persona cuya comparecencia estime conveniente o le sea solicitada por el afectado por la medida. Además, y sin perjuicio de que pueda practicar cualquier otra prueba que estime relevante para el caso, el tribunal deberá examinar por si mismo a la persona de cuyo internamiento se trate y oír el dictamen de un facultativo por él designado. En todas las actuaciones, la persona afectada por la medida de internamiento podrá disponer de representación y defensa en los términos señalados en el artículo 758 de la presente Ley.

En todo caso, la decisión que el tribunal adopte en relación con el internamiento será susceptible de recurso de apelación.

4. En la misma resolución que acuerde el internamiento se expresará la obligación de los facultativos que atiendan a la persona internada de informar periódicamente al tribunal sobre la necesidad de mantener la medida, sin perjuicio de los demás informes que el tribunal pueda requerir cuando lo crea pertinente.

Los informes periódicos serán emitidos cada seis meses, a no ser que el tribunal, atendida la naturaleza del trastorno que motivó el internamiento, señale un plazo inferior.

Recibidos los referidos informes, el tribunal, previa la práctica, en su caso, de las actuaciones que estime imprescindibles, acordará lo procedente sobre la continuación o no del internamiento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, cuando los facultativos que atiendan a la persona internada consideren que no es necesario mantener el internamiento, darán el alta al enfermo, y lo comunicarán inmediatamente al tribunal competente.

Garzon dijo...

Salvo por el número, 211 en lugar de 763, es lo que he explicado anteriormente y de forma bastante más sencilla para que todo el mundo lo entienda; todo ello en relación al comentario de Paula, dejando claro que en ESTE PAIS SE RESPETA ESCRUPULOSAMENTE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES. Creo entender que este blog es para utilidad de los pacientes y no un corta y pega bajado de internet y que ningín paciente pueda entender.
Y si no porque no se pregunta en el taller que comentario es el más claro?
Un saludo

Blog salud mental dijo...

Garzon, mi respuesta estaba hecha con las mejor de las intenciones y sin ningún ánimo de ofensa, y el corta y pega (que no abunda demasiado en este blog) lo puse más tarde por si a alguien le apetecía echar un vistazo a la ley. De hecho, ayer mismo un chico de Bilbao me preguntaba por este tema y pensé que quizás a otras personas les podría interesar.
En fin, no entiendo tu tono y esa reacción.
Suerte.
Esther.

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